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El Ministerio de Salud (MINSA) informa que se emitió el Decreto Ejecutivo No. 589 del 29 de abril, el cual establece que a partir de las 12:01 del próximo lunes 3 de mayo, las personas provenientes, que hayan permanecido o transitado por el Reino Unido, Sudáfrica, India o Suramérica deberán traer una prueba de PCR o antígeno negativo con un máximo de 48 horas antes de su llegada a Panamá.
Esta medida aplica para las personas que ingresen tanto por medios privados o comerciales, por vía aérea, terrestres o marítima y a su llegada a territorio nacional deberán sufragar el costo de una segunda prueba previo al registro en Migración.
En su artículo 3 el Decreto establece que si el resultado de la prueba resulta negativa la persona deberá cumplir un periodo de aislamiento por tres días en su domicilio, si es nacional o residente en el país, o en un hotel de vigilancia de viajeros no Covid-19 a costo del Estado, según lo considere la autoridad sanitaria.
El Decreto estipula además en su artículo 5 que el aislamiento se podrá realizar a costo del viajero en otros establecimientos hoteleros autorizados por las autoridades, previa reserva antes del abordaje o llegada a Panamá.
Están excluidos de la medida, gente de mar, tripulaciones técnicas y auxiliares, mecánicos de naves, así como conductores y ayudantes de transporte de carga internacional, al igual que personal humanitario.
Sin embargo, estos deberán presentar cada 15 días ante las autoridades nacionales su certificado de pruebas negativas de hisopados/PCR.